En los últimos tiempos, muchas empresas —especialmente pymes— han cerrado el año con pérdidas. Lo que muchos no saben es que estas pérdidas pueden obligar legalmente a disolver la sociedad, si no se actúa a tiempo.
El artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital lo dice claro: si el patrimonio neto de la empresa cae por debajo de la mitad del capital social, hay que actuar. De no hacerlo, los administradores pueden responder personalmente con su patrimonio por las deudas de la empresa.
¿Qué se puede hacer?
Lo importante es no dejarlo estar. Existen varias opciones:
- Ampliar capital para restablecer el equilibrio.
- Reducir capital para ajustarlo a la nueva situación.
- Presentar concurso si la situación es más grave.
- O bien, disolver y liquidar la sociedad, si no hay viabilidad.
Nuestro consejo: si tu empresa ha cerrado con pérdidas, haz una revisión del balance y consulta cuanto antes. En muchos casos, actuar a tiempo evita problemas mayores.
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Foto de Nataliya Vaitkevich en Pexels.