La respuesta es no. NO TE PUEDEN DESPEDIR LIBREMENTE POR SOLICITAR LA REDUCCIÓN DE JORNADA POR CUIDADO DEL MENOR.
Es una pregunta que últimamente nos realizan muchos clientes.
La anterior redacción sancionaba estos despidos con la NULIDAD ABSOLUTA.
Con la nueva redacción de la Ley de Paridad que entró en vigor el pasado 22 de agosto, se ha eliminado esa nulidad absoluta; sin embargo, no se puede despedir a empleados con reducción o ajustes de jornada por razón de conciliación libremente, ya que, en todo caso, si se produce algún despido, el trabajador afectado podrá llevar su situación a los tribunales y es muy probable que se le acabe dando la razón, ya que sería un DESPIDO NULO POR DISCRIMINACIÓN. Lo que sucede es que la burocracia para resolver el conflicto legal será mayor que si la norma fuera más clara, como sucedía hasta ahora mismo.
Además, en todo caso, la improcedencia del despido por causa de reducción de jornada también se puede perfectamente seguir manteniendo igual que antes, porque nadie puede sufrir represalia como consecuencia del ejercicio de sus derechos.
Para más información, consúltanos tu caso.
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