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El gran engaño de los despidos objetivos: Por qué firmar y callar puede costarte miles de euros (Caso Real)

Publicado: 17 de julio de 2026, 10:41 (Hace 12 horas)
  1. LABORAL
El gran engaño de los despidos objetivos: Por qué firmar y callar puede costarte miles de euros (Caso Real)

¿Te han despedido alegando que "la empresa va mal" o que "ya no hay clientes"? Cuidado. Una reciente sentencia demuestra cómo muchas empresas exageran o simulan crisis productivas para deshacerse de plantilla
antigua pagando casi la mitad de la indemnización. Descubre cómo una trabajadora acaba de ganar la batalla en los tribunales y cómo tú puedes conseguir lo mismo.

Cuando una empresa te entrega una carta de despido objetivo, suele venir acompañada de un
discurso victimista y una propuesta de indemnización de solo 20 días por año trabajado. Te dicen que el
mercado ha cambiado, que las ventas caen y que es una decisión obligada. La mayoría de las
personas, por miedo o desinformación, aceptan el cheque y asumen la pérdida.


¡Grave error! Acatar la versión de la empresa sin contrastarla judicialmente es regalar el dinero que te
pertenece por tus años de esfuerzo. Hoy te analizamos un caso real y reciente que demuestra de forma
clara por qué la impugnación es tu mejor arma.

El caso real: La estrategia de una empresa de distribución para abaratar un despido


Una trabajadora contratada con una antigüedad de más de 15 años que ejercía funciones de repartidora en el sector de la alimentación fue despedida de forma objetiva. La dirección de la empresa justificó formalmente la
extinción de su contrato basándose en dos grandes argumentos organizativos y de producción:

  • El cierre definitivo de dos de sus establecimientos comerciales y puntos de venta.
  • Una supuesta bajada drástica de la carga de trabajo provocada por la pérdida consecutiva de varios
    clientes importantes desde el año 2024.

Amparándose en esto, la empresa eliminó su puesto a tiempo completo abonándole la indemnización mínima aplicable a los despidos objetivos.

 Lo que destapó el procedimiento judicial


La empleada decidió no rendirse y, con el debido asesoramiento legal, impugnó el despido. Al celebrarse la vista y analizar detalladamente la contabilidad interna de la mercantil, desmontamos por completo la versión del empresario pieza por pieza:

LAS 4 VERDADES OBJETIVAS QUE TUMBARON LA VERSIÓN DE LA EMPRESA:

  • Establecimientos sin vinculación: Los centros comerciales que se cerraron no guardaban relación con las rutas de reparto que realizaba la trabajadora afectada. Sus clientes habituales seguían operativos y con la misma demanda.
  • Tareas troncales intactas: Gran parte de la jornada diaria de la empleada se destinaba a la preparación y manipulado del producto en las instalaciones centrales. La empresa fue incapaz de demostrar que esa carga de trabajo específica hubiera disminuido.
  • Clientes ficticios o antiguos: La lista de clientes "perdidos" que la empresa detalló en la carta de despido resultó ser engañosa: algunos se habían marchado varios años antes (en 2022) y otros ni siquiera afectaban a la facturación real. El número neto de clientes activos se mantuvo exactamente igual entre 2024 y 2025.
  • ¡Facturación en aumento!: El dato definitivo llegó al revisar las declaraciones trimestrales del IVA presentadas ante Hacienda. A pesar del cierre de tiendas, las ventas globales de la empresa se incrementaron de manera consecutiva mes a mes, descartando cualquier tipo de crisis productiva o caída del negocio.

El premio a la defensa de tus derechos: Más de 14.000 euros adicionales de indemnización


Al confirmarse que las causas alegadas no eran reales ni tenían entidad suficiente para destruir un puesto de trabajo, el juzgado dictó un fallo inapelable: el despido fue declarado totalmente IMPROCEDENTE.


Este cambio de calificación jurídica tiene un impacto económico directo y radical para la trabajadora:

La sentencia condenó a la compañía a abonar la indemnización por despido improcedente y así fue como la trabajadora ganó judicialmente el derecho a percibir una diferencia neta de  más de 14.000 € adicionales.

¿Por qué debes revisar e impugnar SIEMPRE un despido objetivo?


Muchos empresarios recurren al despido objetivo sistemáticamente solo para abaratar costes, confiando
en que el afectado no acudirá a los tribunales. Recuerda tres reglas fundamentales si te encuentras en
esta situación:

  1. A ellos les toca demostrarlo: No basta con que tu jefe diga que "el negocio va mal" o que "hay menos faena". La ley le obliga a probar mediante balances oficiales, contabilidad y contratos que amortizar tu plaza es una medida justa y estrictamente proporcional. Si hay dudas o contradicciones, el juez te dará la razón.
  2. Firma siempre como "No Conforme": En el momento en que te entreguen la documentación,
    pon de tu puño y letra la frase "NO CONFORME" al lado de la firma y añade la fecha exacta. Esto
    no te impide cobrar la indemnización inicial que te ofrezcan, pero te deja la vía libre para reclamar
    el resto.
  3. Cuidado con el reloj: El plazo para actuar es extremadamente corto. Dispones de solo 20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido para interponer la papeleta de conciliación.

¿Has recibido una carta de despido objetivo o sospechas de las razones de la empresa?

En Sánchez y Roma Abogados auditamos la documentación de tu despido de forma minuciosa, cruzamos los datos con la realidad del negocio y peleamos para conseguirte la indemnización máxima que marca la ley.

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